PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada de bloqueo de los códigos en el sistema de guias electrónicas de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE GESTIÓN AGROALIMENTARIA (SUNAGRO) o bloqueo de los códigos de recepción del SISTEMA INTEGRAL DE CONTROL ALIMENTARIO (S:I:C:A) de la empresa COMERCIAL LA MARAVILLA MR, C.A, inscrita en el Registro Mercantil del estado Yaracuy, en fecha 16 de septiembre de 2019, bajo el N° 18, Tomo 15-A RM 466, e inserta en el REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (R:I:F), con el N° J-41313933-2, código SUNAGRO N° 733370 y todos sus códigos relacionados con compras, ventas, movilización de inventario, descarga de inventario, ingreso de inventario ya sea a centro de distribución comercialización Mayorista, abasto, o cualquier otro código que posea la empresa intimada en el sistema SUNAGRO.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza de la acción.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.T.....