DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE DEMANDA de DIVORCIO, que sigue el ciudadano ANDRÉS PASTOR DORANTE contra su cónyuge ciudadana NORELKIS JOSELIN QUINTERO APAEZ, antes identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA DEVOLVER el documento público original cursante en autos, dejándose en su lugar copia certificada, una vez la parte interesada provea los emolumentos necesarios para los mismos.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.