´DECLARA,
PRIMERO: INCOMPETENTE para seguir conociendo la presente reforma de demanda de Nulidad Absoluta de Acta Asamblea, interpuesta por las abogadas en ejercicio CANDIDA LISBETH LUCENA PERDIGON y LENIS ISABEL PARRA GARCIA, Inpreabogados N° 58.639 y 24.256 respectivamente y con domicilio procesal en el edificio avenida padre torre entre calles 13 y 14, edificio Padre Torre, piso 2, oficina 2B, en ciudad de Yaritagua, Estado Yaracuy, actuando como co-apoderadas judiciales de los ciudadanos NANCY COROMOTO CARDENAS DE MARTINEZ Y OTROS contra la ASOCIACIÓN CIVIL PROVIVIENDA DEL ESTADO YARACUY (ASOPROVY), debidamente registrada por ante el Registro Subalterno del Municipio Peña del Estado Yaracuy, en fecha 08 de diciembre de 2000, bajo el N° 28, folios 193 al 201, tomo segundo, protocolo primero, cuarto trimestre del año 2000, representada por el ciudadano DOUGLAS JOSE GENTILE CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad N° 4.383.486 y domiciliado en la urbanización Simón Rodríguez,.....