En atención a que el Ciudadano MAXIMO FERNANDEZ venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-2.712.583, reconoció el CONTENIDO Y FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, que riela al folio seis (06) del presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se HOMOLOGA en los términos expuestos en el convenimiento, de conformidad con lo establecido en los Artículos 10 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se acuerda el cierre y archivo del presente expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY.SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA.....