DISPOSITIVO
En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano ZEYAD AL HAMDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-22.406.832, contra el ciudadano LINO RAFAEL MOTA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro° V- 8.515.166. SEGUNDO: se declara RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO de fecha 20 de Marzo de 2019 (folio 02 y su vuelto) sucrito entre los ciudadanos LINO RAFAEL MOTA TORRES Y ZEYAD AL HAMDAN ya identificados, correspondiente a la propiedad y posesión de los derechos que en un porcentaje del Treinta y Tres con Trescientos Treinta y Tres por ciento (33,333 %), que le corresponde sobre un.....