PRIMERO: El progenitor compartirá con su hijo los fines de semana, el sábado desde las 8:00 a.m., hasta las 4:00 p.m., quien la buscará y retornará a la residencia de la progenitora. SEGUNDO: Asimismo, la niña compartirá con el padre, el día del padre y el cumpleaños de éste, y del mismo modo con la progenitora. En cuanto al día de cumpleaños de la niña ambos progenitores compartirán con ellos, previo acuerdo. TERCERO: Asimismo, el carnaval será compartido con la madre y la semana santa con el padre, siendo alternos los años siguientes. Las vacaciones escolares serán compartidas entre ambos padres en periodos de quince días. CUARTO: En relación a las fechas decembrinas, la niña compartirá con su padre el 24 de diciembre y el 31 de diciembre con la madre, alternándose en los años siguientes. QUINTO: Los padres deben garantizar la integridad personal de la niña y no exponerla a situaciones de riesgo que puedan vulnerar sus derechos, ni que presencien ingesta de alcohol, en caso de qu.....