este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA presentada por el ciudadano JOSE LEONARDO CHIRINOS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 825.364, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio LILIAN MARQUEZ inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 66.468 contra el Ciudadano LOPEZ RIVAS, MANUEL ALBERTO, titular de la cédula de identidad número desconocido.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Distribuidor de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por ser éste el Tribunal competente por la materia para conocer la presente causa, por lo que se acuerda remitir este expediente en forma original y en el .....