De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, basada en el artículo 34.a) de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios incoada por el ciudadano HUGO EMIRO ROA PULIDO, quien estuvo asistido y luego representado por los abogados Leonardo Miguel Yépez Castillo y Simón José Meléndez Serrano, contra el ciudadano YOLMAN TOVAR, quien estuvo asistido de la abogada en ejercicio de su profesión Desiree Abarca, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandado YOLMAN TOVAR a hacer entrega inmediata al demandante HUGO EMIRO ROA PULIDO, libre de personas y cosas, el local comercial objeto de la presente causa, el cual se encuentra ubicado en la avenida Cedeño, con Callejón Piedra Grande, Municipio Independencia del Estado Yaracuy, y alinderado as.....