este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y Califica la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por la representante Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, como es el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto en el articulo 5, con las agravantes del articulo 06 ,numerales 1, 2, 3 y 10, de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores, en perjuicio del ciudadano José Abel Camacho Riera, de conformidad en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal.....