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Decisiones del dia 30/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Nirgua
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 3781 N° Sentencia : 2322 Fecha: 30/10/2013
Procedimiento:
Obligación De Manutención
Partes:
YISEN MARADI ORTA VILLEGAS, CONTRA EL CIUDADANO: HERNÁN JOSÉ QUEVEDO DÍAZ
Resumen:
DISPOSITIVA Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: HERNÁN JOSÉ QUEVEDO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.854.234, de este domicilio, la obligación de: Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijos los niños y niña: (Identificación Reservada) de este domicilio, de trece (13), ocho (8) y siete (7) años de edad respectivamente, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 540,00) quincenales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin......
Juez/Ponente:
Ivan Edgardo Palencia Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Nirgua
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N° Expediente : 3738 N° Sentencia : 2323 Fecha: 30/10/2013
Procedimiento:
Obligación De Manutención
Partes:
ROSARIO YARITZA FABIANI MEZA, CONTRA EL CIUDADANO: PEDRO JOSÉ PEÑA
Resumen:
DISPOSITIVA Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: PEDRO JOSÉ PEÑA, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.725.018, de este domicilio la obligación de: Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención quincenal a favor de la niña: (Identificación Reservada), de trece (13) años de edad y de este domicilio, por la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.400,00) quincenales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada quincena por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.- Segundo: Adicionalmente a la cuota de manutención el demandado .....
Juez/Ponente:
Ivan Edgardo Palencia Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Nirgua
arriba

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