declara: PRIMERO: la falta de legitimación ad causam de la parte demandada para sostener el presente juicio principal por Nulidad de Documento de Venta, por cuanto sólo se demanda al ciudadano RAFAEL IGNACIO MUÑOZ GOYO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número V-4.972.933, el cual carece de legitimación ad causam para sostener la relación procesal del presente juicio, pues existe un litisconsorcio pasivo necesario con su cónyuge, ciudadana MARISOL GARRIDO DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad número V-4.361.643; en consecuencia de lo expuesto en el particular anterior, se declara INADMISIBLE la pretensión de NULIDAD DEL DOCUMENTO DE VENTA de las bienhechurías señaladas y marcado con la letra "A" (folios 06 al 10 pza. 01), y que fuera protocolizado en fecha 10/11/2015, por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, quedando inscrito bajo.....