se acuerda la HOMOLOGACION DE LAS INSTITUCIONES FAMILIARES Y AUTORIZACION DE VIAJE CON CAMBIO DE DOMICILIO INTERNACIONAL, en sus propios términos, establecidos por ambos progenitores, a favor de la niña (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),, venezolana, de 04 años de edad, nacida el día 19-08-2020, con pasaporte V Nº 193343537, para que la niña pueda residenciarse junto a su madre en la siguiente dirección TENERIFE ISLAS CANARIAS ESPAÑA, específicamente en la calle murillo Nº 3 derecha 38007 santa cruz de Tenerife, correspondiendo en lo adelante ejercer en solitario el Ejercicio Unilateral de la Patria Potestad de la niña (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),; a la progenitora ciudadana DIANA PATRICIA ALEJOS ALEJOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 27.994.940, con pasaporte V Nº 193309939, sin perturbar la titularidad de la patria potestad del progenitor; p.....