En este estado, la ciudadana Juez pregunta a los actores presentes si estarían conforme en acudir a otra fecha para alcanzar un acuerdo con la demandada, sobre lo preguntado, los actores contestaron su adhesión con la fecha señalada por el Apoderado Judicial de la demandada.
Seguidamente, este Tribunal observa que lo solicitado por las partes no es contrario a derecho, a tal efecto, se acuerda lo solicitado por las partes, en tal sentido, se DIFIERE la Audiencia Oral y Pública, en consecuencia, se fija para el día LUNES VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008)
Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual