NO HA LUGAR POR INADMISIBLE el recurso de queja intentado por el ciudadano IBRAHIM ALCALÁ SABA contra el abogado HUMBERTO JOSÉ BRITO BRITO, en su condición de Juez Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En consecuencia declara concluido el presente procedimiento. Conforme al último aparte del artículo 838 del Código de Procedimiento Civil, se impone al querellante una multa de cuatro mil bolívares (Bs. 4.000.00), la cual será pagada en una Institución Bancaria receptora de fondos nacionales.