Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara PROCEDENTE la presente solicitud realizada por el ciudadano JUAN RAMÓN ROJAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.859.141, residenciados en la Av. Principal, Urb. San Antonio, Fundo San Antonio, Transversal 12, Municipio San Felipe estado Yaracuy actuando a favor de los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quien se encuentra asistido por el Defensor Público Cuarto del estado Yaracuy téngase como carga familiar del prenombrado ciudadano, a los niños in comento. Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada, entréguese a la parte interesada un juego de copia certificada de la sentencia.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Ju.....