-II-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en virtud del desistimiento del procedimiento realizado por el Abg. PASCUALINO DI EGIDIO VITALONE, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.510.256, inscrito en el Ipsa Nº 23.666, quien actúa como apoderado judicial de la parte actora ciudadanos LISBETH RAMONA RATTIA ROJAS Y JUAN WEISHELDER MOLINA ALCÁNTARA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.900.348 y V.- 3.034.785, respectivamente, de este domicilio, contra la ciudadana CECILIA NACARIT PÉREZ CUMANA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-7.582.517, de este domicilio, conforme las previsiones de los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento .....