Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR, la cuestión previa contenida en el Ordinal 8° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, interpuesta por la parte intimada por la abogada MARIA ISABEL BERMUDEZ ARENDS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.703.703, inscrita en el Inpreabogado Nro. 90.493, actuando en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano KARIHM EBRAHIM AMER ABDEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.984.793, con domicilio en la Calle 1 Las Damas Casa 284 Urbanización Altos de Yurubí 3 Municipio Independencia Estado Yaracuy, en condición de Presidente y Fiador de la Sociedad Mercantil "INVERSIONES K.M. C.A.", en el juicio de COBRO D.....