este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: ELIZMAR YAESMIN PIÑA CORTEZ y WILLYER JOSE PIÑA CORTEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.757.538 y V-20.319.856, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad Municipal