DECLARA
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN efectuada entre el demandante ciudadano IYAD SUBHI OMAR ONNAB y la parte demandada ciudadanos PROSPERO JOSÉ ACOSTA FERNÁNDEZ, y DEIVY ALEJANDRO ACOSTA MUÑOZ, en su condición de Gerente y Sub-Gerente respectivamente, de la Sociedad Mercantil "MUEBLERÍA CARACAS C.A.", en el juicio de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL)
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: Expídase las copias certificadas solicitadas, de la transacción y de la presente decisión.
CUARTO: Remítase en su oportunidad el expediente al tribunal de origen.