DECIDE: PRIMERO: Dar por terminada la Audiencia Preliminar; SEGUNDO: Agregar a los autos los escritos de promoción de pruebas y Medios Probatorios consignados por las partes; En cuanto a la parte Accionante promovió escrito de Pruebas constante de Un (01) folio útil, con anexos marcados con las letras: "A" y "B". Asi mismo, se verifico que el representante del Municipio Demandado consigno escrito de pruebas constante de tres (03) folios útiles, con anexos marcados con los Números:"31","30","29","28","27","26","25","24","23","22","21","20","19","18","17","16","15","14","13","12", "11","10","09","08","07","06","05","04","03","02" y "01", lo cual se cumple en este acto; TERCERO: Una vez transcurrido el lapso previsto en el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siempre que conste en autos que se practico la notificación de la Sentencia de la parte Demandada, se ordena REMITIR al Tribunal de Juicio la presente causa, a los fines de que el Juez de Juicio provea lo que conside.....