En vista de lo anterior, este Tribunal de Control N° 3 "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano CARLOS ALBERTO GOMEZ YAGUA, de nacionalidad venezolana, natural de Chivacoa, Estado Yaracuy, nacido el 04/01/63, soltero, agricultor, residenciado en Barrio Nuevo, Calle Mariño, Casa N° 6564, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad N° 7.913.571, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal con los agravantes establecidos en el Artículo 77, Ordinales 8° y 9° ejusdem e igualmente con el agravante genérico establecido en el Artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad al Artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia Declara la Extinción de la acción penal, de conformidad con los artículos .....