este Tribunal de Control N° 2 "Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los artículos 40 y 48 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal en la causa seguida a los ciudadanos WILFREDO MANUEL GARCÍA RUMBOS, venezolano, nacido en fecha 25 de Julio de 1975. de 30 años de edad, soltero, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, residenciado en la Calle 8, casa Nº 32, barrio Pueblo Nuevo, de la ciudad de Nirgua, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.284.099 y ANTONIO JAVIER CARRERA ARTEAGA, venezolano, nacido en fecha 13 de Abril de 1984. de 21 años de edad, soltero, natural de Nirgua, Estado Yaracuy, residenciado en la Urbanización Villa Gloria, casa color azul con rosado, Calle 11, casa Nº 9, de la ciudad de Nirgua, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.660.640, por la comisión del delito de .....