DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la presente demanda seguida por la ciudadana: DIGNORA ISNOTU OVALLES NADALES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-22.311.957, y de este domicilio, en su condición de madre del gestante, contra el ciudadano: YHORMA AGUILAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.612.888, y de este domicilio, por cuanto no probó por ningún medio, la existencia de la filiación legal del demandado con respecto a la niña para quien se solicitó la fijación de la obligación de manutención.-.
No se hace pronunciamiento sobre costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho.....