DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve EJECUTAR LA SENTENCIA definitivamente firme dictada contra los adolescentes (identidad omitida), plenamente identificados, en los términos ya señalados, debiendo los sancionados cumplir simultáneamente, con las medidas de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por espacio de UN (1) AÑO, conforme a lo dispuesto en los artículos 622, 626, 624, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Como consecuencia de la resolución anterior, se fija audiencia para la imposición del presente auto para el día 09/07/08 a las 02:00 p.m. Practíquese el cómputo de ley en su debida oportunidad.
Publíquese, diarícese, regístrese, notifíquese
La Juez,
Abg. ZULY REBECA SUÁREZ GARCÍA
La Secr.....