Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio de DIVORCIO, incoada por la ciudadana CARMEN CLARICIA SUMOZA, Venezolana, mayor de edad, casada, titular del la cédula de identidad Nro. V-7.589.261, y de este domiciliado, asistida por la abogado en ejercicio, LILIAN MARQUE, inscrita en el Inpreabogado N° 66.468; contra el ciudadano NESTOR ANTONIO SANCHEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.051.723. Y así se declara.
No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal, de conformidad con el Artí.....