Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Abg. Miriam Ylumina Silva de Salas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.492, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Ernesto Ramón Espinoza Cuenca, Titular de la cedula de identidad Nº 10.368.143, contra la Providencia Administrativa Número 0096/2012 de fecha 30 de Julio de 2012, dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Yaracuy, que declaró SIN LUGAR el Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoado por el mencionado ciudadano contra la empresa ARCILLA VENEZOLANAS, C.A, (ARVECA). En consecuencia, se confirma la valides del act.....