Oídas como han sido las partes este Tribunal de Control N° 5, Decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que en el caso que nos ocupan existen elementos suficientes que hacen determinar que los ciudadanos imputados de autos, participaron en la comisión del delito de Homicidio, en el cual perdieron la vida, las victimas JOHAN FRANCISCO HERNANDEZ, FRANCISCO JAVIER LOAIZA PINZON y ELIO RAFAEL ALVAREZ ALVARADO, tal como consta de las actuaciones que rielan en el asunto, aunado a lo manifestado por los imputados quienes tuvieron un enfrentamiento presuntamente con las víctimas, resultando estas muertas, con heridas de arma de fuego, presuntamente las de reglamento, según las experticias de auto; Delito este que merece pena privativa de Libertad, cuya acción penal no esta prescrita, pudiendo existir una presunción racional de peligro de fuga, por la posible pena a imponer, la cual excede de diez (10) años, como por la magnitud del daño cau.....