declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN YACOUEL ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.922.893, en su carácter de accionista y representante legal de la empresa NOVEDADES LA PELI, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en fecha 16 de marzo de 2.005, bajo el N° 05, Tomo 252-A, contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIO-ECONOMICOS (SUNDDE), en la persona actuante, funcionario LEYDA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.303.187, en consecuencia, DECLINA la competencia por la materia en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, Valencia, Estado Carabobo, al cual se acuerda remitir inmediatamente el presente expediente junto con oficio, dejándos.....