DECISION
En base a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION de la ciudadana: PETRA DEL CARMEN PEREZ, quien en vida era madre de la solicitante ciudadana CARMEN PASTORA ORELLANA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.905.206, con domicilio en la ciudad de Urachiche Estado Yaracuy, asistida por el abogado Cesar Tovar González, Inpreabogado N° 108.418; En consecuencia se rectifica el acta de defunción extendida bajo el N° 56 de los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la coordinación de Registro Civil del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, correspondiente al año 1996, en el sentido de que en donde dice: "...falleció .....