Este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa en favor de los ciudadanos HECTOR JOSE CARRERA, venezolano, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.556.162, residenciado en Calle 24 de Julio, Casa N° 72, Guama, Municipio Sucre, Estado Yaracuy, HECTOR JOSE CARRERA SANCHEZ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.281.461, residenciado en Calle 24 de Julio, Casa N° 72, Guama, Municipio Sucre, Estado Yaracuy y DARWIN ENRIQUE CARRERA, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.709.969, residenciado en Calle 24 de Julio, Casa N° 72, Guama, Municipio Sucre, Estado Yaracuy, por la comisión del delito LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el Artículo 418 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano NESTOR ANTO.....