esta sala de Juicio administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA otorgar Autorización a la ciudadana ZAIDA GARCES DE HERNANDEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.412.360, para que en nombre y representación del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, de once (11) años de edad, procedan a registrar un inmueble por ante la Oficina de Registro Subalterno de los municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes, Estado Yaracuy, sobre un terreno con bienhechurias , ubicado en el Barrio Antonio José de Sucre, Av. 8 entre calles 21 y 22, casa Nº 21-8, Municipio Independencia del Estado Yaracuy con los siguientes linderos: Norte: PLAZA MANUELA DE BLASCO, Sur: PROPIEDAD DE EMILIA GALLARDO, Este: BIENECHURIAS DE ROSARIO TORRES, Oeste: BIENHECHURIAS DE CARLOS LOAIZA, con un área de terreno de quince (15 mts) me.....