DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: YILBER JOSÉ JIMÉNEZ PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.918.734 y de este domicilio,, cumplir una obligación de manutención así:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hijo el niño: (Identificación reservada), por la cantidad de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00) semanales que deberá entregar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Tribunal o en su defecto los depositará en la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cubrir entre los meses de agosto y septiembre como mínimo el 100% de los gastos relacionados con la adquisición de útiles escolares, uniforme y calzado escolar que requiera el niño en cuyo beneficio se fija esta obligación de manutención.-
Te.....