PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ESPECIAL DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA solicitada por el abogado OSMONDY CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.246, en su condición de Defensor Publico Primero en Materia Agraria del Estado Yaracuy, representando en este acto a los ciudadanos RAMON GABINO UNDA, MARIA GERARDA RODRIGUEZ y JULIO ALBERTO MARCHAN, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-825.358, V-2.560.889 y V-7.858.191, respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 163, 207 y 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre un lote de terreno un lote de terreno constante de cinco (05) hectáreas con seiscientos noventa y nueve metros cuadrados (5 Has 0699m2) aproximadamente, ubicado en el Sector el Corozo, Asentamiento Campesino Trilla Tinaja, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe del E.....