En Consecuencia este Tribunal Insta al ciudadano ADELMO JOSE LEON, ALCALDE DEL MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY a que:
1) Se abstenga de ejecutar lo ordenado en la Resolución aludida, y en las condiciones aquí expuestas.
2) Esta decisión tendrá efecto limitado en el tiempo que necesario para la reanudación de un procedimiento en el cual se garanticen los derechos de la empresa solicitante.
3) Esta decisión debe ser acatada y cumplida en forma inmediata.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
Remítase con oficio, copia de la presente decisión al Ciudadano Alcalde del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Tribunal, en San Felipe, a los diecisiete (17) días de agosto del año dos mil seis (2006)..
El Juez Titular,
Abg. Humberto José Brito Brito. .....