Por todos los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos DOMINGO ANTONIO ESCALONA OROZCO y MERCEDES TOVAR VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de la cédula de identidad número V- 2.565.718 y V-2.555.860 respectivamente, el primero domiciliado en la calle Italven, entre calles 17 y 18, casa número 17-15, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y la segunda en el callejón El Casabe, avenida Cedeño, detrás de la Iglesia Virgen del Valle, al lado de la casa número 21, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en consecuencia se DECRETA LA DISOLUCIÒN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos, el día veintinueve (29) de septiembre de mil novecientos sesenta y cinc.....