IV
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana EGLEE ELOINA AGUILAR COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.955.852, de este domicilio, la posesión y demás derechos sobre las bienhechurías construidas, en porción TERRENO perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) según certificado de empadronamiento de nomenclatura 008-013-001-U01-007-001-030-001-P00-001, el cual cuenta con un área total de CIENTO SETENTA Y OCHO CON DIEZ METROS CUADRADOS (178,10 Mts2), con un área de construcción de SETENTA CON CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (70,44 Mts2), ubica.....