´ En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de FILIACION (INQUISICION DE PATERNIDAD), presentada por la ciuddana: MARIATERESA SEQUERA BENFELE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.082.707, domiciliada en la Urbanización Alto Prado, calle Principal, casa Nº 604, Municipio Independencia, estado Yaracuy, asistida por la abogado en ejercicio: Emir Jandume Morr Nuñez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.7.913.253, e inscrita en el Instituto Nacional de Previsión Social del abogado (Inpreabogado), con el Nº38.044, en su carácter de progenitora de la niña: .....