DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: IGOR JOSÉ OSTOS TORTOLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.476.922, con domicilio en la Parroquia Salom, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención quincenal a favor de sus hijos los niños: (Identificación Reservada) con domicilio en la Parroquia Salom, Municipio Nirgua, estado Yaracuy, por la cantidad de SEISCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES (Bs. 618,00) quincenales que deberá entregar directamente a la madre de los niños referidos o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada mes, por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicion.....