Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, vistas las razones expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, según lo dispuesto en los artículos 583, 561 literal d), 605, 622, 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con lo dispuesto en el artículo 376 y 318, ordinal 1) del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Sanciona a (IDENTIDAD OMITIDA), de las características ya expuestas, a cumplir en forma simultánea por el lapso de UN (1) AÑO, las medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, consistente la primera en que el adolescente no podrá ausentarse del lugar de su residencia manifestado en esta audiencia después de las diez (10:00) de la noche; prohibición de consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes; obligación de comparecer ante el Tribu.....