En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la ejecución forzosa de la sentencia, de Obligación de Manutención, en beneficio de la niña identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente de 6 años, dictada por el tribunal 13 de noviembre de 2008, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano DIHSON RAFAEL SEQUERA GRATEROL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.256.796. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de UN MIL SETENCIETOS OCHENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 1.780,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra demandado ciudadano EMERE GARCES FLOREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.041.230, quien labora en el Central Azucarero Santa Clara, en tal sentido se acuerda oficiarle, a fin de informarle que dicha medida re.....