DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley, ABSUELVE a los ciudadanos YONNI JOSÉ ALVAREZ LOVERA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 16-05-1980, titular de la cedula de identidad Nº V- 14918304, con domicilio en avenida Libertador, calle 8, casa N° 4, Marín, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y el ciudadano ROBERTH LEOMAR BLANCO GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 19-09-1977, titular de la cedula de identidad Nº V- 12938231, con domicilio en Barrio La Conquista, calle 3, casa N° 0-45, Marín, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, por la Comisión del Delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículo automotor, en perjuicio de.....