esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenimiento, de conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En tal virtud, la ciudadana ARMANDA ROSA MARQUEZ GARCÍA, ya identificada debe aportar como Obligación Alimentaría a favor de sus hijos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de trece (13), once (11) y ocho (8) años de edad respectivamente, la cantidad de cuarenta mil bolívares semanales (Bs. 40.000,00), a partir de la fecha de suscripción y el padre ciudadano CARLOS RAMÓN COLMENAREZ, aportará ropas en fechas especiales, uniformes, útiles escolares, medicinas, exámenes de laboratorios.....