DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 376 eiusdem, resuelve: Primero: CONDENA a SIETE (07) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION al ciudadano LUIS HORACIO QUERALES SOTO, venezolano, nacido en fecha 06/03/1969, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.609.128 y residenciado en el sector Lago, Calle 74, entre Avenidas 3D y 3E, Edificio Tía Carmen, Piso 5, Apartamento 5°, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 408 (hoy 406) ordinal 1° del Código Penal, por haber sido cometido el hecho por motivos fútiles e innobles, en concordad.....