PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada la ciudadana CARMEN JOSEFINA FLORES BARRADAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.269.595, con domicilio la carretera Marín Aroa, Vía quebrada Seca, kilometro 58, finca Puente Rio, Municipio Bolívar del estado Yaracuy, representada por su apoderado Judicial, Emir Jandume Morr Nuñez, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.913.253, e inscrita en el inpreabogado Nº.38.044, favor de su sobrina, la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida en fecha el 18 de junio de 2013, de seis (06) año de edad, contra los ciudadanos HÉCTOR MIGUEL SILVA FLORES y VILMARY RAQUEL FLORES ABARCA, venezolanos, solteros, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 24.943.161 y 24.712.081, con domicilio en el caserío Atascadero, calle principal, cerca de la escuela Atascadero, casa sin número, Aroa Municipio Bolívar, estado Yaracuy; en consecuencia, la Responsabilidad de Crianza y el elemento de .....