D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los cónyuges, ciudadanos: GLADYS KATHERINE PEREZ GUEVARA y PEDRO FRANCISCO SANCHEZ, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 11.653.656 y 10.373.557, respectivamente, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio, JACQUELINE ORTEGA DE RIVERO y PASCUALINO DI EGIDIO VITALONE, Inpreabogado Nros. 55.041 y 23.666 respectivamente. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha 15 de Octubre del año Mil Novecientos Noventa y nueve (1999), por ante la Prefectura del Municipio la Trinidad Boraure del Estado Yaracuy, según acta Nº 20, Foli.....