En mérito de las razones anotadas, este Juzgado Superior Civil administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el dos de febrero de dos mil dieciséis (02-02-2016) por el abogado Iván Venegas inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.878, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadana Dagnalis María Cordero de Oviedo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.301.575, contra sentencia dictada el veintiocho de enero de dos mil dieciséis (28-01-2016) por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito esta Circunscripción Judicial, quien declaró inadmisible la demanda por desalojo de inmueble.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.