PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación planteado en fecha 07 de enero de 2020 (Folio 30), presentada por la co apoderada actora abogada MARIELEN ANDREINA HEREDIA MEDINA, contra la decisión interlocutoria de fecha 20 de diciembre de 2019 cursante a los folios 11 al 13 en el Juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido en principio por la ciudadana GRAZIA CULMONE DE STRAZZERI, y por extinción de usufructo por la ciudadana MARIA CARMELINA STRAZZERI contra el ciudadano GILORMO VICENZO FACCHINERI MUJICA.
SEGUNDO: SE HOMOLOGA el convenio suscrito en fecha 19 de diciembre de 2019, como consecuencia de lo anterior, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: Queda REVOCADA la sentencia dictada por el Juzgado A Quo en fecha 20 de diciembre de 2019.
CUARTO: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
QUINTO: Remítase en su oportunidad al Tribunal de origen.