DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR los recursos de Apelación ejercidos por los apoderados judiciales de los demandados ENTIDAD MERCANTIL LUVIME C.A. y MARISOL CAMPO, abogados Miguel Ángel Rodríguez (Folio 179 5ta Pieza) e Hildeberto Calderón Becerra (Folio 181 5ta Pieza) respectivamente, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 15 de diciembre de 2015.
SEGUNDO: Queda REVOCADA en todos sus términos la sentencia objeto de apelación.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por la profesional del derecho Josefina Perfetti, IPSA 86.292, en su carácter de apoderada judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL PRO VIVIENDA SIN FINES DE LUCRO "VILLA ZAZARIVACOA" en contra de la ciudadana MARISOL CAMPO y la ENTIDAD MERCANTIL LUVIME C.A. en el juicio de Nulidad de Actas, Simulación de Convención, Pago de lo Indebido, Nulidad de Procedimientos Judiciales y Restitución de la Propiedad.
CUAR.....