Con fundamento a lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por el demandante contra la sentencia proferida por el Tribunal Segundo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha diez de octubre de 2017, que declaró inadmisible la presente demanda.
Segundo: INADMISIBLE la presente demanda, por criterio diferente, al ser contraria a derecho, toda vez que el demandado no acompañó prueba de donde se desprenda indicio alguno de que los demandados han ofertado el inmueble a él o a terceros, afectando su derecho preferente por lo que carece el actor del derecho para accionar contra los demandados, es decir; de interés jurídico actual para proponer la pres.....