DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 07 de octubre de 2016, por la abogada WENDY YANEZ RODRIGUEZ, en su condición de Jueza Titular del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en el Cuaderno de Medidas perteneciente al Juicio de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesto por la ciudadana MARIA YOLANDA REYNA en contra del ciudadano MARIO JOSE PARRA VIEZ, up supra identificados.
SEGUNDO: En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, el sustituto continuará conociendo del proceso.
TERCERO: De conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.592, de fecha 12 de enero de 2011, se ordena la notificación a la Jueza inhibida y remítase la presente incidencia. Líbrese oficio.